El administrador único convoca Junta General de JEMMA FOOTWEAR SL en el domicilio social, sito en Calle Primavera S/N de San Isidro (Alicante), código postal 03349, domicilio social de la mercantil, que tendrá lugar el día 27 de agosto de 2024 a sus 11:30 horas en primera convocatoria, y en segunda convocatoria en el mismo lugar el día 28 de agosto de 2024, a las 11:30 horas, con el siguiente
ORDEN DEL DIA
Primero.- Información sobre la situación de las cuentas anuales, informe de gestión e información sobre la auditoria solicitada por uno de los socios de la mercantil conforme al artículo 350 del Reglamento del Registro Mercantil.
Facultar al administrador a la no presentación de las cuentas del ejercicio hasta la aprobación definitiva de las cuentas y a presentar las certificaciones establecidas en el artículo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil y sus renovaciones conforme al mismo.
Segundo.- Modificación del artículo 10 de los Estatutos sociales en cuanto a la inclusión de la posibilidad de desarrollar las juntas generales de socios de forma Telemática y/o hibrida.
Tercero.- Modificación de los estatutos sociales para incorporar causas estatutarias de exclusión de socios. Artículo 351. LSC.
Cuarto.- Cese y nombramiento de administrador de la mercantil.
Ruegos y preguntas.
Quinto.- Redacción, lectura y, en su caso, aprobación del acta de la reunión. Autorización al administrador para elevar a público los acuerdos.
Sexto.- Ampliación del capital social por importe de 571.535,67 euros, por compensación de créditos, con emisión de nuevas participaciones de la misma clase y con los mismos derechos y obligaciones todas ellas que las existentes y consiguiente modificación del artículo 5º de los estatutos sociales, referente al capital social; en base a las siguientes características:
Derecho de suscripción preferente. - Al tratarse de una ampliación de capital por compensación de créditos, no existe derecho de suscripción preferente de los socios de la entidad.
Esta a disposición de los socios en el domicilio social un informe del órgano de administración sobre la naturaleza y características de los créditos a compensar, la identidad de los aportantes, el número de participaciones sociales o de acciones que hayan de crearse o emitirse y la cuantía del aumento conforme al articulo 301 de la LSC.
Debido a la especial situación de la auditoria solicitada, se informa a los socios de la limitación de acceso a la información contable de la mercantil hasta que se tenga el resultado de la misma y puedan ser sometidos a la aprobación de la junta general, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los auditores de cuentas. Todo ello debido a que se están sometiendo a auditoría externa las cuentas de la mercantil conforme a la LSC 265.2 y 350 y siguientes del Reglamento del Registro Mercantil.
Además, a la vista de posible competencia desleal por parte de uno de los socios y posibles daños al interés social, la información a los socios prevista en el artículo 272 se verá limitada en defensa de los intereses sociales.
Los requisitos de asistencia a la Junta o de representación en la misma son los que constan en el artículo 10 de los estatutos de la sociedad y en la LSC.
El Órgano de administración ha hecho uso del derecho que le confiere el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital y los artículos 101 y siguientes del Reglamento del Registro Mercantil, por lo que se levantará acta con intervención notarial.
En San Isidro a 2 de agosto de 2024.
D. ALFONSO GABRIEL GALLEGO GONZALEZ